Comunidad

Restaurantes, iglesias y aeropuertos locales inician reapertura gradual

Mediante el decreto 847 del 14 de junio de 2020, el Gobierno Nacional anunció medidas de apertura gradual para aeropuertos, restaurantes e iglesias.

Según la nueva normativa:

Restaurantes o establecimientos gastronómicos. Artículo 2, parágrafo 3. El Gobierno anunció medidas graduales para su reapertura en los municipios en donde no exista afectación del coronavirus, se permitirá planes piloto para brindar atención al público en el sitio.

Iglesias. Artículo 2, parágrafo 4, los alcaldes de municipios sin afectación de coronavirus, en coordinación con el Ministerio del Interior, podrán autorizar la celebración de cultos religiosos con reunión de personas, siempre y cuando se cumplan con los protocolos exigidos por el Ministerio de Salud para dicha actividad.

Para conseguirlo, tendrán que obtener el permiso de la Alcaldía Municipal en coordinación con el Ministerio del Interior, siguiendo los protocolos de bioseguridad que autorice el Ministerio de Salud y Protección Solución.

www.Villavoalreves.co

Aeropuertos Locales. Artículo 3, establece que los municipios y distritos en cuya jurisdicción territorial se encuentren localizados aeródromos o aeropuertos, podrán solicitar su reapertura a manera de planes piloto.

El decreto establece que los alcaldes podrán solicitar al Ministerio del Interior, al Ministerio de Transporte y a la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil, la autorización para implementar planes piloto en el transporte doméstico de personas por vía área.

“La autorización que otorgará el Ministerio del Interior, el Ministerio de Transporte y la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil procederá previa recomendación del Ministerio de Salud y Protección Social», dice la norma. La directriz también precisa que solo se podrá proceder cuando los municipios de la ciudad de origen como la de destino lo hayan solicitado y se cumplan los protocolos de bioseguridad.

Aquí Decreto 847 de 2020.