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Ley Seca y otras medidas establecidas para la jornada electoral Congreso 2022 en Colombia

El Gobierno Nacional mediante el Decreto 318 del 5 de marzo de 2022 estableció una serie de medidas y restricciones para garantizar la seguridad y transparencia en los comicios, en los que se elegirá un nuevo Congreso y los candidatos oficiales a la Presidencia en las consultas interpartidistas, con el fin de que las elecciones de este domingo avancen sin contratiempos.

Entre las restricciones dispuestas están:

1. LEY SECA: Se prohibe el expendio y consumo de bebidas embriagantes desde las 6:00 pm del sábado 12 de marzo hasta las 6:00 am del lunes 14 de marzo. La medida puede extenderse si los alcaldes y gobernadores consideran que el orden público es perturbado.

2. PORTE DE ARMAS: Se prohibe el uso de armas con salvoconducto desde el viernes 11 de marzo hasta el lunes 14 de marzo.

3. DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS: Se prohibe la manipulación de celulares y cámaras de vídeo o fotográficas entre otros, en las mesas de votación.

Los dispositivos solo pueden ser usados por medios de comunicación acreditados por la Registraduría Nacional y por los jurados o testigos de votación al iniciar los escrutinios, con el fin de ejercer vigilancia a los procesos.

Para los medios de comunicación, el 13 de marzo no está permitida la divulgación en medios informativos de encuestas o proyecciones relacionadas con cómo votan los habitantes inscritos en la jornada.

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4. PROPAGANDA POLÍTICA: Durante la jornada electoral del 13 de marzo queda restringido todo tipo de propaganda política, desde manifestaciones, comunicados, entrevistas, hasta publicidad en todas las plataformas ya sea móvil, estática o sonora. Quienes infrinjan estas normas se exponen a fuertes sanciones.Sin embargo, cada votante puede portar un elemento de ayuda que le permita reconocer el movimiento, partido, grupo o candidato por quien vote. Este material no puede exceder 10 centímetros de largo y 5,5 cm de ancho. Además, debe ser llevado en un área no visible. Tampoco se permite el uso de camisetas con logos de partidos o fotos de los candidatos.

5. TOQUE DE QUEDA: La medida puede ser decretada por los alcaldes y gobernadores si consideran que el orden público es perturbado. 

6. ACOMPAÑAMIENTO A ADULTOS O PERSONAS CON LIMITACIÓN FÍSICA: Quienes “padezcan limitaciones y dolencias físicas que les impidan valerse por sí mismos, podrán ejercer el derecho al sufragio acompañados hasta el interior del cubículo de votación, sin perjuicio del secreto del voto”

También pueden tener el apoyo de un acompañante para el ingreso al cubículo las personas mayores de 80 años de edad y las que sufren problemas avanzados de visión. Hay que tener en cuenta, que este grupo poblacional tiene prioridad en el turno para sufragar y cuenta con la colaboración de las autoridades electorales y policiales.

7. TRANSPORTE: Al menos el 80% de los vehículos de las empresas de transporte de servicio público y los sistemas masivos de transporte deben prestar servicio durante las horas en las que se depositan los tarjetones.

También, se cierran las fronteras terrestres y fluviales desde las 00:00 am del 12 de marzo hasta las 11:59 pm del día 13 de marzo. Solo se podrá transitar por estas vías si el propósito es ejercer el derecho al voto, se presenta un caso fortuito o hay razones de fuerza mayor.