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Estas son las 22 excepciones que contempla el Pico y Placa para vehículos particulares en Villavicencio

La Secretaría de Movilidad de Villavicencio estableció 22 excepciones de aplicación del Pico y Placa que contemplan el desarrollo de las actividades necesarias para la ciudad.

Los conductores que hagan parte de este listado deben portar los documentos que acrediten dicha actividad o labor.

Mauricio Frías secretario de Movilidad, explicó que dentro de las excepciones se encuentran:

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  1. Los vehículos de organismos del Estado
  2. Los vehículos oficiales
  3. Los vehículos para la prestación de salud o asistencia
  4. Los vehículos pertenecientes al cuerpo diplomático
  5. Los vehículos del personal de salud, incluyendo el personal en formación.
  6. Los vehículos del personal operativo de empresas de servicios públicos
  7. Automotores en los que se movilicen o conduzcan servidores públicos
  8. Los vehículos destinados a la mensajería
  9. Los vehículos furgones, vehículos de estacas, panel de platón y plataforma cabina sencilla, destinados al transporte de carga y mercancías con capacidad de media tonelada.
  10. Los motocarros de carga
  11. Automotores con blindaje tres o superior
  12. Los vehículos de escoltas o esquemas de seguridad
  13. Los vehículos destinados a la seguridad y vigilancia
  14. Los vehículos de emergencia
  15. Los vehículos que transporten residuos y desechos hospitalarios
  16. Los carros fúnebres
  17. Los vehículos de enseñanza automovilística.
  18. Los vehículos de los periodistas de medios de comunicación
  19. Los vehículos híbridos y eléctricos
  20. Los vehículos matriculados inicialmente en Villavicencio a partir del 7 de diciembre de 2020 y sólo por los primeros tres meses desde su matrícula
  21. Las motocicletas acreditadas ante la Secretaría de Movilidad que transporten personal vinculado a los establecimientos comerciales con horario nocturno.
  22. El funcionario agregó que los vehículos que transporten o sean conducidos por personas en condición de discapacidad también estarán exentos, pero que deben acreditar ante la dependencia lo siguiente:

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  • Copia de la inscripción en el registro para la localización y caracterización de personas con discapacidad del Ministerio de Salud.
  • Copia de la licencia de tránsito del vehículo
  • Certificado de la revisión técnico-mecánica vigente
  • SOAT vigente.

Para los domiciliarios que realizan su actividad en automóvil, campero, camionetas y motocicletas está prohibido transitar con acompañante.