Estos son los trámites para los permisos especiales de porte de armas de fuego
El Jefe de Estado Mayor y Segundo Comandante de la Séptima Brigada en ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 32 del Decreto n.º 2535 de 1993 informa qué:
En concordancia con el artículo 10 de la Ley 1119 de 2006 y el Decreto 2362 de 2018 en virtud de la resolución 001 del 2020, el comando de la Séptima Brigada inicia la recepción de la documentación soporte para el trámite para la expedición de los permisos especiales del porte de Armas de fuego local y/o nacional.
Los requisitos para el respectivo trámite deben ser remitidos a las instalaciones de la Oficina de Control Comercio de Armas de la Séptima Brigada, ubicada en la calle 5º sur Nº 24 A 17 Mz TB Barrio Remansos de Rosa Blanca, estos deben venir en una carpeta blanca 4 aletas y en medio digital escaneada y guardada en un CD debidamente marcado, con los siguientes requerimientos:
- Manifestación escrita al Señor Jefe de Estado Mayor y Segundo comandante de la Séptima Brigada, Coronel Juan Carlos Vanegas Lozano, esta debe contener los datos personales y dirección del solicitante, teléfono, correo electrónico para efecto de la comunicación.
- Justificación de las razones de urgencia o seguridad de requerir un permiso especial (en su respectiva jurisdicción o/y nivel nacional) para poder portar el arma de fuego, debidamente motivada, donde exponga las razones de su solicitud (anexar los respectivos soportes que lo acrediten las razones de urgencia o seguridad).
- Certificación de residencia expedida por la autoridad civil local donde señale que el lugar donde reside es de la jurisdicción de la unidad Militar donde está solicitando el permiso especial regional o Nacional.
- Certificación de los antecedentes disciplinarios expedidos por la Contraloría y de la Procuraduría General de la Nación, no mayor a dos días a la entrega de la documentación.
N°16 ( SDMZ) – 10 FEBRERO 2020
CUARTA DIVISIÓN – SÉPTIMA BRIGADA – Villavicencio – Tel.: 3133221658 – e-mail:prensabr7@gmail.com – EJÉRCITO_DIV4 –
www.cuartadivision.mil.co - Sistema de registro nacional de medidas correctivas (https://svrpsi.policia.gov.co/psc/frmcnpconsulta.asox)
- Anexar copia de la cédula de ciudadanía y copia del permiso para porte vigente al 150% a color.
- Anexar copia de certificación judicial expedida por autoridad competente
- Fotocopia del permiso especial nacional año 2019 si lo tiene.
* El Ejército Nacional reitera que no utiliza intermediarios para realizar esta gestión y recomienda no hacerlo a través de terceras personas, ya que estas personas podrían incurrir en delitos y estos serían judicializados como lo ordena la ley.