Personas y vehículos exceptuados durante el Toque de Queda en Villavicencio
Mediante el Decreto No. 1000-24 – 029 del 06 de enero de 2021, la Alcaldía de Villavicencio estableció el Toque de Queda en todo el territorio de Villavicencio los días 8, 9, 10 y 11 de enero del presente año, desde las 8:00 pm hasta las 5:00 am del día siguiente; y a su vez, enumeró las excepciones que tienen las personas y vehículos indispensables para la realización de las siguientes actividades:
- Asistencia y prestación de servicios de salud
- Asistencia y cuidado a niños, niñas, adolescentes, mayores de 70 años de edad, personas con discapacidad, y enfermos con tratamientos especiales que requieren asistencia de personal capacitado.
- Por causa de fuerza mayor o caso fortuito
- Las labores de las misiones médicas de la Organización de la salud
- La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte y distribución de medicamentos, productos de aseo, entre otros
- Servicios de emergencia, entre ellas las veterinarias
- Los servicios funerarios
- La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de insumos de primera necesidad.
- La cadena de siembra, cosecha, producción, embalaje, importación, exportación, transporte, distribución y comercialización de productos agrícolas.
- Las actividades de los servicios públicos y contratistas del Estado que sean estrictamente necesarias para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del covid-19.
- Las actividades del personal de las misiones diplomáticas y consulares.
- Las actividades de las fuerzas militares, la Policía Nacional, entre otros.
- La revisión y atención de emergencias y afectaciones viales.
- Las actividades necesarias para la operación aérea y aeroportuaria
- La comercialización de los productos de los establecimientos y locales gastronómicos mediante plataformas de comercio electrónico o por entrega a domicilio.
- Las actividades de la industria hotelera.
- El funcionamiento de la infraestructura de sistemas computacionales, redes de comunicación, etc.
- El funcionamiento y operación de los centros de llamadas, de soporte técnico, etc.
- El funcionamiento de la prestación de servicio de vigilancia y seguridad privada, servicios carcelarios y penitenciario, empresas que prestan el servicio de aseo, entre otros.
- Actividades de mantenimiento, almacenamiento y abastecimiento de servicios públicos.
- Prestación de servicios bancarios y financieros.
- Servicios de mensajería, radio, televisión, prensa y distribución de los medios de comunicación.
- Abastecimiento y distribución de alimentos y bienes de primera necesidad, alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza.
- Actividades estrictamente necesarias para operar y realizar los mantenimientos de empresas, plantas industriales o minas.
- La intervención de obras civiles y de construcción que puedan presentar riesgos de estabilidad técnica o posible colapso.
- La construcción de infraestructura de salud necesaria para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria del Covid-19.
- El servicio de transporte público tipo taxi por plataforma, cuando sea necesario para la realización de las actividades o servicios permitidos.