Prohibición de consumo de bebidas embriagantes en todo el territorio colombiano
Con el Decreto 457, el Gobierno Nacional ordena a los alcaldes y gobernadores prohibir el consumo de bebidas embriagantes en espacios abiertos y en establecimientos de comercio, a partir de la vigencia del presente decreto y hasta el día domingo 12 de abril de 2020.
Sin embargo, aclara que por este decreto “no queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes».