Se restringirá el tránsito nocturno de vehículos particulares y motos en Villavicencio
A partir de hoy viernes se restringirá el tránsito de carros y motos particulares en Villavicencio, el cual se llevará a cabo durante los días 17, 18, 19, 24, 25 y 26 de septiembre, es decir durante este y el próximo fin de semana, en el horario de las 11:00 pm y hasta las 5:00 am del día siguiente.
La complejidad de la situación y la emergencia sanitaria provocada por el incendio que se presentó en el Hospital Departamental, llevó a tomar esta decisión teniendo en cuenta que, según confirmó el secretario de Movilidad, Mauricio Frías, los mayores índices de siniestros viales son ocasionados por vehículos particulares y motociclistas en este horario establecido.
“Se deben tomar medidas transitorias en la movilidad, pues los automóviles particulares representan el 78% del total de incidentes viales en estos horarios y los motociclistas registran el 63 por ciento del total de lesionados en siniestros, con el agravante del aumento del casi 11 por ciento en comparación con años anteriores”, afirmó Mauricio Frías.
Agregó que los conductores que no acaten el decreto, tendrán una sanción de $447.000, más la inmovilización del vehículo.
“Para evitar implementar el toque de queda y afectar más la ciudad, con esta medida nocturna de estos dos fines de semana, que regirá sobre los vehículos, permite que las personas pueden salir de sus hogares, pero deberán hacerlo en transporte público”, confirmó el secretario.
Sin embargo, se habilitaron 16 excepciones a esta medida, entre los que predominan los vehículos del Estado y oficiales, los destinados a la asistencia y prestación de servicios de salud, incluyendo los del personal en formación en las diferentes áreas de la salud y los carros del cuerpo diplomático.
Además, los automóviles y motos vinculados a establecimientos de comercio que ofrezcan el servicio de mensajería y en los que se desplace personal operativo de empresas de servicios públicos, podrán transitar sin restricción.
Furgones, vehículos de estacas, panel, de platón y plataforma ‘cabina sencilla’, destinados al transporte de carga y mercancías con carga mayor a ½ toneladas, y los de blindaje nivel tres o superior, también estarán habilitados.
Igualmente, estarán también exceptuados los automotores destinados a la prestación del servicio de escolta, los de los supervisores de seguridad y vigilancia, las carrozas fúnebres y los vehículos que transporten o sean conducidos por personas con discapacidad.
Quienes cierran la lista de los exceptuados por la Secretaría de Movilidad se encuentran los destinados a la atención de emergencias y transportes de residuos. Además, aquellos automotores donde se movilicen comunicadores sociales, periodistas y equipo técnico de los distintos medios de comunicación.