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Requisitos para la reapertura económica en los municipios que no registran covid-19

De acuerdo al decreto 636 del 06 de mayo de 2020, el Gobierno Nacional plantea la apertura económica de los municipios que no registren contagios de covid-19. Para lograr el permiso, cada administración local deberá cumplir una serie de requisitos y tramitar ante el Ministerio del Interior la autorización respectiva.

Estos son los pasos y requisitos que se deben cumplir:

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  • Se debe establecer de acuerdo a la resolución 734 del 8 de mayo de 2020 del Ministerio de Salud que el municipio no registra covid; consultar en: https://d2jsqrio60m94k.cloudfront.net/.
  • Enviar solicitud de levantamiento de la restricción por el covid-19 en el municipio, firmada por el alcalde al correo covid19@mininterior.gov.co.
  • El correo no debe llevar ningún formulario o documento adjunto, únicamente la solicitud firmada por el primer mandatario del municipio.
  • El Ministerio del Interior levantará la medida de acuerdo al listado de municipios sin registro de covid-19 del Ministerio de Salud.
  • Con el levantamiento de la medida por parte del Ministerio del Interior, el alcalde deberá expedir un decreto que reglamente a nivel local la reapertura económica.

Es importante aclarar que el levantamiento de la medida no cobija a las actividades del artículo 6 del decreto 636, es decir, no podrán establecer mecanismos de comunicación de personas con otros municipios (transporte intermunicipal).

Pedro

Administrador técnico del sitio web