Requisitos para la reapertura económica en los municipios que no registran covid-19
De acuerdo al decreto 636 del 06 de mayo de 2020, el Gobierno Nacional plantea la apertura económica de los municipios que no registren contagios de covid-19. Para lograr el permiso, cada administración local deberá cumplir una serie de requisitos y tramitar ante el Ministerio del Interior la autorización respectiva.
Estos son los pasos y requisitos que se deben cumplir:
- Se debe establecer de acuerdo a la resolución 734 del 8 de mayo de 2020 del Ministerio de Salud que el municipio no registra covid; consultar en: https://d2jsqrio60m94k.cloudfront.net/.
- Enviar solicitud de levantamiento de la restricción por el covid-19 en el municipio, firmada por el alcalde al correo covid19@mininterior.gov.co.
- El correo no debe llevar ningún formulario o documento adjunto, únicamente la solicitud firmada por el primer mandatario del municipio.
- El Ministerio del Interior levantará la medida de acuerdo al listado de municipios sin registro de covid-19 del Ministerio de Salud.
- Con el levantamiento de la medida por parte del Ministerio del Interior, el alcalde deberá expedir un decreto que reglamente a nivel local la reapertura económica.
Es importante aclarar que el levantamiento de la medida no cobija a las actividades del artículo 6 del decreto 636, es decir, no podrán establecer mecanismos de comunicación de personas con otros municipios (transporte intermunicipal).