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Delitos de acoso y abuso sexual contra los menores de edad no perderán vigencia o validez en Colombia

El Presidente Iván Duque sancionó la Ley de imprescriptibilidad de delitos sexuales contra menores de 18 años, que determina que no dejarán de ser investigados y sancionados en ningún momento. Esta iniciativa parlamentaria fue respaldada por el Gobierno Nacional, con el apoyo del Consejo Nacional de Política Criminal.

La nueva Ley modifica el inciso tercero del artículo 83 de la Ley 599 de 2000 (Código Penal), el cual quedó así: “Cuando se trate de delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales, o el delito consagrado en el artículo 237, cometidos en menores de edad, la acción penal será imprescriptible”, es decir, que este tipo de delitos podrán investigarse y sancionarse en cualquier momento y no habrá un límite de tiempo para ello, como ocurría anteriormente.

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Las normas señalaban que la acción penal frente a esos delitos prescribía en 20 años contados a partir del momento en que la víctima alcanzara la mayoría de edad.

La iniciativa surtió su último debate en la plenaria del Senado el 17 de noviembre de 2020 y, tras su aprobación, pasó a sanción presidencial. Esta norma aprobada por el Congreso de la República, fue creada e impulsada por varios congresistas, entre ellos, el representante liberal Harry González; y la representante del Centro Democrático, Yenifer Arias.

El certamen se realizó en la Plaza de Armas de la Casa de Nariño y contó con la presencia del Ministro de Justicia y del Derecho, Wilson Ruiz Orejuela y congresistas, entre otras personalidades.