«Epa Colombia» no deberá pagar por ahora la condena impuesta por el juzgado
La reciente condena en contra de Daneidy Barrera Rojas, mayormente conocida como «Epa Colombia», ha sido objeto de múltiples opiniones a nivel nacional.
Sin embargo, recientemente se estableció que por ahora, no deberá pagar los más de 60 meses de cárcel, la multa de más de 400 salarios mínimos y la prohibición para usar redes sociales por actos de “terrorismo e instigación”.
Una de las claves por la que Barrera no este en la cárcel actualmente, es debido a que el juez no emitió la boleta de captura contra la procesada; además, el juzgado especializado que la condenó en primera instancia, le concedió la suspensión condicionada de la pena y por eso también está en libertad.
Otro de los puntos a tener en cuenta es que este caso, podría llegar a la Corte, ya que según el Tribunal, la defensa de Daneidy o ella misma, puede pedir que se le garantice su derecho a una doble conformidad judicial o refutar la primera condena; incluso, por los demás delitos a los que fue condenada en primera y segunda instancia puede hacer que esto llegue a la Corte Suprema.
Finalmente, la falta de unanimidad en la condena, es otro factor a favor de la influencer, ya que uno de los tres magistrados que hace parte de la Sala, se apartó de la decisión y presentó un salvamento de voto, asegurando que no se debió condenar a la procesada por “el fin terrorista del delito de instigación a delinquir” y que “no es viable asociar un acto terrorista, por un acto de vandalismo”.