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Corte Constitucional tumbó la cadena perpetua para violadores de menores de edad en Colombia

La corte acogió la ponencia de la magistrada Cristina Pardo, quien consideró que la norma genera efectos graves para la dignidad humana de la persona que es condenada, y de cierta forma, para el sistema penitenciario actual; fue por esto que con una votación de seis a favor y tres en contra, la Sala Plena tumbó la iniciativa que adelantó el Gobierno y que el presidente Iván Duque sancionó como ley, el pasado 6 de julio.

En junio de 2020, la plenaria del Senado había aprobado en último debate y con 77 votos a favor, la reforma constitucional para permitir la prisión perpetua para violadores y asesinos de niños, niñas y adolescentes.

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Sin embargo, antes de que esta se pudiera aplicar, el Congreso debía aprobar una nueva ley que reglamentara al Acto Legislativo 01 de 2020. Esa ley fue aprobada el 16 de junio de 2020 en el Senado con 67 votos por el Sí.

Los demandantes sostienen que la línea jurisprudencial de la Corte que sostiene que el derecho a la resocialización, es fundamental, y hacen referencia a las sentencias que desarrollan el contenido de este derecho y su relación con la dignidad humana.

En la misma línea muestran que la jurisprudencia que sostiene que la cadena perpetua constituye un trato cruel, inhumano y degradante.