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Se amplían horarios para el funcionamiento de establecimientos en Villavicencio

El Ministerio del Interior aprobó las nuevas medidas solicitadas por el alcalde Felipe Harman con el fin de evitar la propagación del covid-19 y lograr una reactivación gradual de la economía en Villavicencio; las cuales, se extienden hasta el martes 9 de febrero de 2021.

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Horario para Establecimientos

  1. Bares y discotecas: Andrea Lizcano secretaria de Gobierno Municipal, confirmó que los horarios serán ampliados; es decir, martes, miércoles y jueves hasta las 11:50 pm), y los fines de semana hasta las 2:30 am, sólo si están en zona lúdica que corresponde a los sectores del Siete de Agosto, San Benito, La Grama, El Estero, Los Maracos, Morichal, Reliquia, Villa Julia, Gaviotas, Capachos, Centro, Porfía y terrazas de centros comerciales autorizadas en plan polito de bares. Mientras los que están fuera de las zonas lúdicas sólo podrán funcionar los fines de semana hasta la 1:00 am.  Los lunes ninguno establecimiento de rumba y expendio de licor está autorizado para abrir.
  2. Restaurantes y asaderos: Podrán funcionar y vender bebidas embriagantes, únicamente como pasante de la comida servida a la mesa en el horario de lunes a domingo desde las 11:00 am, hasta las 10:00 pm.
  3. Casinos: Podrán abrir al público todos los días, desde las 10:00 am hasta las 10:00 pm
  4. Billares y campos de tejo: De martes a domingo desde las 2:00 pm hasta las 10:00 pm.
  5. Establecimientos de comidas rápidas: Funcionarán desde las 11:00 am hasta las 10:00 pm. Además, el comercio, venta y consumo de bebidas alcohólicas será autorizada solo como pasante de las comidas a partir de las 6:00 pm.
  6. Cafeterías, cafetines, heladerías, fuentes de soda: Funcionarán desde las 6:00 am hasta las 10:00 pm todos los días y podrán vender como pasante bebidas alcohólicas a partir de las 2:00 pm.
  7. Estancos, estanquillos, licoreras, cigarrerías y demás: Funcionarán desde las 2:00 pm hasta las 11:50 pm.
  8. Tiendas y supermercados: NO podrán vender bebidas embriagantes para el consumo en mesa y su horario de atención al público será desde las 5:00 am hasta ñas 10:00 pm.

Decreto No. 061 del 2 de febrero 2021